Base Legal

La Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 414, establece que el Estado adoptará medidas para responder al cambio climático y proteger a las poblaciones en riesgo (Ecuador, 2008). 

Mediante el Decreto Ejecutivo Nro. 1815 de 2009, se declaró, como política de Estado a la adaptación al cambio climático (Ecuador, 2009).

De acuerdo con el Art. 14 del COA, el ejercicio de la competencia ambiental referida al cambio climático comprende las facultades de rectoría, planificación, regulación, control y gestión; y el artículo 23 señala que el MAAE, como Autoridad Ambiental Nacional (AAN) ejerce la rectoría, planificación, regulación, control y gestión de cambio climático (COA, 2017). 

El RCOA establece en su Art. 672 que “La política nacional de adaptación al cambio climático tiene por objetivo reducir la vulnerabilidad y riesgo climático de los sistemas sociales, económicos y ambientales ante los efectos del cambio climático, a través de mecanismos de adaptación, priorizando los sectores más vulnerables.” 

El RCOA establece en su Art. 673 que “Las entidades competentes de los sectores priorizados para la adaptación en la Estrategia Nacional de Cambio Climático, y los diferentes niveles de gobierno, en el ámbito de sus competencias, promoverán el diseño y la elaboración de políticas, planes, programas, proyectos y medidas de adaptación, en los sectores establecidos por la Estrategia Nacional de Cambio Climático.”

El RCOA establece en el literal b) de su Art. 678, que dentro de los instrumentos para la gestión del cambio climático está el Plan Nacional de Adaptación (PNA).

El RCOA establece en su Art. 684 que “El Plan Nacional de Adaptación tiene por objeto identificar y disminuir la vulnerabilidad y el riesgo climático actual y futuro de los sectores priorizados en la Estrategia Nacional de Cambio Climático, a través de la integración de la adaptación al cambio climático en la planificación del desarrollo nacional, sectorial y local. El Plan establecerá las medidas y acciones de adaptación y los mecanismos e instrumentos de gestión y coordinación que contribuyan a enfrentar los impactos sociales, económicos y ambientales del cambio climático.”

La Estrategia Nacional de Cambio Climático (ENCC) establece que los sectores prioritarios para la adaptación al cambio climático en Ecuador son: 1) Soberanía alimentaria, agricultura, ganadería, acuacultura y pesca, 2). Sectores productivos y estratégicos, 3) Salud, 4) Patrimonio hídrico, 5) Patrimonio natural, 6) Asentamientos humanos (Ecuador, 2012). La citada estrategia menciona además a la gestión de riesgos y a los grupos de atención prioritaria (grupos más vulnerables), a los cuales consideramos, más que sectores, enfoques transversales clave para la gestión de adaptación al cambio climático en el país.